Área 05 · Área mercantil

Servicios Mercantiles

Contratos de alquiler hechos a su medida.

Para propietarios, inquilinos y negocios que van a alquilar un local comercial o una vivienda y quieren un contrato que les proteja.

Para particulares que alquilan una vivienda y empresas que alquilan un local

Imagen ilustrativa: luz del sol sobre un suelo pulido

Qué llevamos

Trámites de esta área

Redactamos contratos mercantiles de locales comerciales y contratos de alquiler de viviendas adaptados a las necesidades concretas de cada cliente, no un modelo genérico rellenado a toda prisa. Cuidamos que cada cláusula recoja lo que las partes han acordado y proteja sus intereses, y le explicamos el contrato antes de la firma.

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Redacción de Contratos Mercantiles de Locales Comerciales y de Alquiler de Viviendas

Elaboramos contratos mercantiles adaptados a las necesidades específicas de nuestros clientes, incluyendo contratos de alquiler de locales comerciales y viviendas, asegurando que todas las cláusulas protejan los intereses de las partes involucradas.

Situaciones habituales

Casos típicos

Situaciones que atendemos a menudo. Un buen contrato evita discusiones que nadie quiere tener después.

Primer alquiler de un piso

Es propietario, va a alquilar su vivienda por primera vez y quiere un contrato claro para las dos partes.

Apertura de un negocio

Va a abrir una tienda o una oficina y necesita el contrato del local antes de empezar las obras.

Local alquilado a una empresa

Alquila un local a una sociedad o a un profesional y quiere saber qué obligaciones fiscales trae consigo.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al trámite presentado

  1. Paso 1

    Nos cuenta el acuerdo

    Pida cita y explíquenos qué se alquila, entre quiénes y qué condiciones han hablado.

  2. Paso 2

    Reunimos los datos

    Le pedimos los datos de las partes y del inmueble y cerramos con usted los puntos que falten.

  3. Paso 3

    Redactamos el contrato

    Preparamos un contrato adaptado a su caso y se lo explicamos cláusula a cláusula.

  4. Paso 4

    Revisión y firma

    Incorporamos los cambios que pidan las partes y dejamos el contrato listo para firmar.

Documentación

Documentación que le pediremos

Lo habitual para un contrato de alquiler. Antes de la cita le confirmamos la lista exacta de su caso.

Puede traerlos en mano o enviarlos por correo Antes de la cita le confirmamos qué documentación hace falta. Más adelante podrá subirlos también a su área de clientes.
  • DNI, NIE o NIF de todas las partes
  • Si firma una sociedad, sus datos y los poderes de quien la representa
  • Escritura o nota simple del inmueble y su referencia catastral
  • Las condiciones acordadas: renta, duración, fianza y garantías
  • El uso que se dará al inmueble: vivienda o actividad concreta

Calendario

Próximos plazos del área en 2026

Son las fechas del calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Al empezar revisamos con usted qué modelos le corresponden según su actividad.

Tercer trimestre Hasta el 20 de octubre de 2026: retenciones por el alquiler de locales (modelo 115) ¹

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Redactan contratos de alquiler de vivienda?

Sí. Redactamos contratos de alquiler de viviendas adaptados a lo que han acordado propietario e inquilino.

¿Y contratos de locales comerciales?

También. Los contratos mercantiles de locales comerciales son parte del área, tanto si usted alquila como si es quien va a abrir el negocio.

¿Qué tengo que tener decidido antes de pedir el contrato?

Quién alquila y a quién, qué inmueble, la renta, la duración y la fianza. Si falta algo, lo cerramos juntos en la primera cita.

¿El contrato es un modelo o se adapta a mi caso?

Se adapta. Cada contrato se redacta según las necesidades concretas de las partes y el uso del inmueble.

Voy a alquilar un local a una empresa. ¿Tiene consecuencias fiscales?

Puede tenerlas: el alquiler de locales puede llevar retenciones que se declaran cada trimestre con el modelo 115. Lo revisamos con el área fiscal.

¿Hace falta pedir cita?

Sí, trabajamos con cita previa. Puede pedirla por teléfono, por correo electrónico o desde la página de contacto de esta web, y así le atendemos con el tiempo que su caso necesita.

¿Me pueden atender en catalán?

Sí. Atendemos en castellano y en catalán: puede escribirnos, llamarnos o venir al despacho en el idioma que prefiera de los dos.

¿Es su caso? Hablemos.

Pida cita y le confirmamos antes qué documentación traer.